El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha firmado un convenio con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) para habilitar dos instrumentos de crédito destinados a facilitar el acceso a la financiación a determinados beneficiarios de los fondos europeos de recuperación NexGenerationEU y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) con el objetivo de fomentar que dispongan de la liquidez suficiente para ejecutar los proyectos o actuaciones subvencionadas.
Mediante la firma del convenio se han instrumentado la Línea de financiación ICO-Mitma Movilidad Sostenible y el Programa de financiación directa ICO-Mitma Movilidad Sostenible.
La Línea ICO-Mitma Movilidad Sostenible canaliza la financiación a través de las entidades financieras que actuarán como intermediadores entre los potenciales clientes y el ICO para la concesión de los créditos. Está dirigida a proyectos o actuaciones que requieran financiación, sin limitación por tamaño del proyecto. ICO firmará acuerdos con los bancos que deseen adherirse a la línea.
El Programa de financiación directa ICO-Mitma Movilidad Sostenible se ha habilitado para que ICO formalice directamente las operaciones con los beneficiarios de las ayudas. Así, el Instituto actuará como una entidad financiera. El programa está dirigido con carácter general a los proyectos subvencionados con fondos europeos que requieran más de 20 millones de euros de inversión*. La línea se articula en colaboración con otras entidades financieras privadas o públicas.
En el primer caso, los potenciales clientes deberán acudir a las entidades financieras que hayan adherido a las líneas de financiación suscritas entre Mitma e ICO.
En el segundo caso, los interesados deberán ponerse en contacto con el ICO a través del siguiente formulario
La financiación ICO-Mitma Movilidad Sostenible está dirigido a los beneficiarios de la convocatoria de 2021 del Programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y transformación sostenible del transporte urbano, dotada con 1.000 millones de euros, y de la convocatoria de 2022 en concurrencia competitiva del programa de apoyo al transporte sostenible y digital, que cuenta con un presupuesto de 460 millones de euros.
En el primer caso, serán consideraros potenciales clientes los municipios, entes supramunicipales y agrupaciones de municipios incluidos en la Resolución definitiva de la convocatoria de ayudas de 2021 publicada por Mitma.
En el segundo caso, serán considerados potenciales clientes las empresas o entidades del sector público empresarial que desarrollen una actividad económica relacionada con el transporte y su infraestructura y que, cumpliendo con las condiciones de la convocatoria del programa de apoyo, hayan resultado beneficiarias de las subvenciones. El objetivo de este programa es potenciar la intermodalidad del transporte de mercancías y su descarbonización.
También se podrán incluir futuras convocatorias de Mitma que cumplan los requisitos recogidos en el convenio. Es decir, el texto del acuerdo abre la puesta a incluir la convocatoria de 2022 del Programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones dotado con 500 millones de euros.
No. Ser beneficiario de las ayudas de una de las citadas convocatorias en concurrencia competitiva es condición necesaria pero no suficiente para acceder a la financiación. La concesión final del crédito y su importe estará sujeto al límite y aprobación de riesgo de las entidades financieras, con cada beneficiario. Es decir, la entidad financiera o el ICO analizarán la operación como otra cualquiera (solvencia y riesgo) y determinarán si aprueban la financiación y por qué importe.
El convenio entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por lo que se podrá solicitar la financiación desde el día siguiente y hasta el 31 de diciembre de 2025. La línea que gestiona directamente ICO estará operativa desde la publicación en el BOE del convenio mientras que la que se canaliza a través de la mediación de las entidades se activará conforme se firmen con los acuerdos con cada banco. ICO y Mitma dejan la puerta abierta a prorrogar el convenio hasta 2028.
Sí. En función del análisis de riesgo de la entidad, el cliente puede financiar hasta el 100% del proyecto subvencionado con los fondos europeos NextGenerationEU, incluyendo las ayudas a percibir y el IVA. El importe de financiación no incluirá la cuantía del pago anticipado realizado con carácter inmediatamente posterior a la adjudicación de la ayuda, en su caso, por el Mitma al beneficiario.
Sí. En el caso de los Ayuntamientos, la OM TMA/892/2021 establece que recibirán el 100% de la anualidad 2022 con carácter inmediatamente posterior a la adjudicación de la ayuda, siempre que acrediten que se encuentran al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y demás condiciones recogidas en la convocatoria. En consecuencia, podrán pedir financiación al ICO por el importe total del proyecto (IVA incluido), descontado el importe de la anualidad 2022 que habrá sido anticipada al 100% por Mitma. Cuando Mitma les abone el anticipo de la segunda anualidad, éste se aplicará a amortizar el préstamo ICO
Por su parte, en el caso del programa de apoyo a empresas para un transporte sostenible y digital, éstas tienen la opción de solicitar el abono anticipado del 30% de la ayuda concedida. Para ello, deben presentar un aval en vez de cumplir algún hito de ejecución de los proyectos. Ese 30% se considera pago anticipado y quedaría excluido del importe de financiación que pueden solicitar las empresas a las líneas habilitadas por el ICO.
Las operaciones de financiación entre el cliente y las entidades financieras deberán instrumentarse mediante un contrato de préstamo o de leasing. En el caso de operaciones sujetas al Programa de ayudas dirigidas a municipios también podrán instrumentarse operaciones de renting.
Las subvenciones están vinculadas a la financiación concedida y operarán como amortización anticipada del principal del mismo o como reducción de cuotas en el caso de contratos de renting.
Mitma abonará directamente al ICO las subvenciones concedidas a cada cliente. Tras el desembolso de los fondos europeos, el Instituto dispondrá de 15 días hábiles para amortizar anticipadamente el crédito minorando el principal de la operación financiada y generando un nuevo cuadro de amortización e intereses. En el caso de una operación de renting se reducirán las cuotas o plazos de arrendamiento que queden por satisfacer.
Si el préstamo se ha formalizado a través de la línea de mediación, la amortización se ejecutará a través de cada entidad financiera. Si se ha realizado directamente con el ICO, será el propio organismo el que proceda a ejecutar la amortización y minoración.
En caso de que el saldo vivo de la operación de préstamo o de leasing del cliente con la entidad financiera o ICO sea inferior al importe de la ayuda, es decir si la subvención cancela el crédito y queda remanente, la entidad financiera o, en su caso, ICO tendrán que abonar los fondos restantes al cliente en un plazo de tres días hábiles desde la recepción de los fondos. Para operaciones de renting, en el caso de que el importe de la ayuda sea superior a la suma de las cuotas pendientes de abonar.
os instrumentos de financiación habilitados en el presente convenio se benefician de las mismas condiciones que cualquier crédito ICO. Así, el plazo de amortización es de entre uno y veinte años y cuentan con un periodo de carencia de hasta tres años. El tipo de interés TAE aplicable será, como máximo, el fijado cada año en la línea ICO para Empresas y Emprendedores. La TAE máxima está tasada y es muy transparente. Puede consultar los tipos en el siguiente enlace.
El ICO aplicará una comisión de gestión de 25 puntos básicos sobre el importe formalizado directamente o dentro de la línea “ICO-Mitma Movilidad Sostenible”.
No. Los clientes pueden solicitar un préstamo por cualquier cantidad, siempre y cuando no supere el 100% del presupuesto del proyecto, incluyendo las subvenciones y los impuestos.
Aunque las subvenciones vinculadas a la concesión de los créditos y la amortización anticipada de los mismo tienen un tope de 1.460 millones de euros, que son los fondos asignados a las dos convocatorias recogidas en el convenio, las líneas no tienen fijado un máximo ya que el objetivo es facilitar el acceso a la financiación a todo aquel que lo solicite, siempre y cuando cumpla los requisitos para ser considerado cliente y los criterios de riesgo y solvencia.
Los potenciales beneficiarios de las convocatorias incluidas en el convenio pondrán solicitar a las entidades financieras y al ICO la preaprobación de los proyectos para los que vayan a solicitar las ayudas. La concesión del crédito está condicionada a la obtención de las subvenciones, pero, en ningún caso, obtener la preaprobación obliga al ICO o a los bancos a formalizar la financiación.
Uno de los requisitos que Mitma tiene en cuenta a la hora de evaluar una solicitud de ayuda es la madurez del proyecto o actuación que se pretende subvencionar. Es decir, la capacidad del solicitante de poner en marcha la actividad de forma temprana y de concluirla con éxito en el plazo estipulado. Así, se valoran positivamente aquellas propuestas que hayan avanzado en el cierre financiero con terceras entidades.
Desde el pasado 10 de mayo de 2022, los potenciales beneficiarios pueden solicitar a las entidades financieras la preaprobación no vinculante de los créditos y éstas pueden iniciar su tramitación, independientemente de que se haya firmado o no el acuerdo de financiación con el ICO.
Sí. Las entidades financieras adheridas a la línea ICO-Mitma Movilidad Sostenible puede solicitar al ICO que los préstamos formalizados con los clientes sean respaldados por la Línea de avales Covid-19, que concluye el 1 de junio de 2022 y cubre hasta el 80% del crédito otorgado. La operación de financiación también podrá ser beneficiaria de otros instrumentos de avales, nacionales o europeos, si cumple los requisitos de los mismos.
Sí, el contrato de financiación incluirá una cláusula que obligará al cliente a reembolsar de forma anticipada la cantidad concedida si se incumplen cualquiera de las condiciones de la línea de financiación, se demuestra inexactitud o falsedad en las manifestaciones o declaraciones del cliente o no se justifica la inversión en el proyecto financiado en el plazo máximo establecido.