El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha resuelto definitivamente la segunda convocatoria en concurrencia competitiva del programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación sostenible y digital del transporte urbano, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
A través de esta convocatoria de 2022 se han concedido 500 millones de euros de los fondos NextGenerationEU a 112 municipios de más de 20.000 habitantes.
La relación definitiva de las ayudas concedidas a los municipios, así como los términos y condiciones de su aceptación y las obligaciones que deben cumplir como beneficiarios del programa, está disponible en el siguiente enlace.
Puede encontrar más información sobre las obligaciones recogidas en la Orden 1030/2021 (compromiso de antifraude, de no dañar el medioambiente…) y sobre cómo llevar a cabo acciones de comunicación y divulgación pinchando aquí. Asimismo, en esta página está recopilada la información dirigida a los beneficiarios de las ayudas.
El 25 de enero de 2023, se publicó la Orden HFP/55/2023 por la que se regula el procedimiento de análisis sistemático y automatizado del riesgo del conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a través de la herramienta MINERVA, con sede en la Agencia Estatal de Administración Tributaria de España. Como consecuencia, para los contratos licitados con posterioridad a la entrada en vigor de la citada Orden, los beneficiarios deberán:
Se pueden encontrar instrucciones en la Guía práctica de aplicación de la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero.
Se puede consultar la documentación necesaria para la cumplimentación de la Declaración responsable de cumplimiento del principio DNSH en las fases ex - ante y ex - post por tipología de actuación en este enlace.
Se ha establecido un sistema para seguir de cerca el avance de las actuaciones subvencionadas, que deben estar ejecutadas y puestas en marcha en junio de 2025. Así, los beneficiarios deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención mediante la aportación periódica de una serie de documentación.
Los beneficiarios deberán justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención mediante la aportación informes semestrales sobre el estado de los proyectos durante los meses de abril y octubre de cada año. Son informes acumulativos, por lo que el último período de reporte abarcará desde el inicio hasta la fecha de finalización de las actuaciones, y deberá acreditar la totalidad de contratos licitados y adjudicados.
El objetivo del Ministerio es certificar el cumplimiento de los hitos y detectar con la mayor prontitud posible cualquier riesgo o desviación que ponga en peligro su cumplimiento. No hay que olvidar que los incumplimientos se traducen en penalizaciones para los beneficiarios.
El próximo reporte semestral se tiene que presentar con datos a 31/03/2024 y el plazo máximo de entrega es el 30/04/2024:
Desde el Ministerio se abonarán las ayudas en forma de un único pago anticipado. Para percibir el ingreso, los municipios deberán certificar en el primer reporte semestral que han iniciado los procesos de licitación de todas las actuaciones objeto de subvención o de un subconjunto de actuaciones cuyo importe acumulado suponga al menos el 80% de la subvención total concedida.
Igualmente, la convocatoria establece como hito crítico la adjudicación del total de las actuaciones antes de que concluya marzo de 2024 y la finalización de dichas actuaciones en la fecha indicada en la solicitud, siempre dentro del plazo establecido en la convocatoria. Es decir, como muy tarde, junio de 2025, con la posibilidad extraordinaria de solicitar una prórroga hasta diciembre de 2025.
El artículo 21 de la Orden TMA/892/2021, de 17 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras de este Programa de ayudas, recoge la posibilidad de solicitar modificaciones de las condiciones establecidas en la Orden de concesión de las ayudas.
En el caso de que se detecte la necesidad de solicitar una modificación de las actuaciones subvencionadas, se recomienda a los municipios que tengan en cuenta lo recogido en la nota aclaratoria sobre modificaciones y renuncias (17 de marzo de 2022) y que usen las plantillas recogidas en la sede electrónica.
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