Este procedimiento consiste principalmente en evaluar si un planeamiento urbanístico ha contemplado adecuadamente las afecciones/limitaciones causadas o motivadas por la infraestructura aeronáutica. Para garantizar que las edificaciones, instalaciones y obstáculos en general no afectan a la seguridad y continuidad de las operaciones aéreas resulta necesario verificar que el planeamiento urbanístico y las licencias de edificación cumplen las condiciones exigibles y no afectan a la actividad aeroportuaria o a las señales radioeléctricas de ayuda a la navegación aérea.
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